Se trata de un derecho sobre la terraza del edificio, en el cual la comunidad de propietarios, cede él derecho con intención de construir para elevar una o más plantas, recibiendo a cambio una contraprestación económica que permitirá realizar mejoras en los elementos comunes del edificio como por ejemplo, la instalación de ascensor, la rehabilitación externa del edificio o la adecuación de las terrazas y balcones.
¿Qué es el derecho de vuelo de un edificio?
¿Cómo, dónde y cuando se realiza el derecho de vuelo?
El derecho de vuelo se puede dividir temporalmente en dos fases: la primera simplemente es un derecho real sobre el edificio existente; y la segunda es la ejecución de dicho derecho.
En otras palabras, tras la firma del derecho de vuelo el inmueble queda gravado registralmente hasta la ejecución.
A posteriori se realiza el proyecto del edificio existente con los cambios a realizar (ascensor, fachada, cambio de instalaciones, etc) y la solicitud de licencia de construcción nueva sobre el derecho de vuelo.Todo ello supervisado por los arquitectos, ayuntamientos y colegios según normativa.
El plazo para ejercer el derecho de vuelo, es estipulado por las partes, no existiendo normativa al respecto.
El derecho de vuelo, podrá constituirse, en cualquier tipo de edificación, bien sea un edificio de viviendas, oficinas, naves industriales, etc.
¿Cuales son las imputaciones legales del derecho de vuelo?
Tras la ejecución de la construcción, el derecho de vuelo se transforma en un derecho de propiedad horizontal.
El derecho de vuelo, no está sujeto a exención de IVA, y por tanto deberá tributar por este concepto, siendo el hecho imponible a dicho efecto, la constitución de la escritura de derecho de vuelo, momento en el que se devengará el impuesto.
La base imponible es el valor real del derecho, quedando sujeto a comprobación de valores.
La constitución del derecho de vuelo, está sujeta al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, (IAJD) y el ejercicio del mismo, supone dos operaciones gravadas por el IAJD: la ampliación de obra nueva y la ampliación del régimen de propiedad horizontal.